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La Certificación de Obra

La certificación de obra es un acto mediante el cual se declara que se está construyendo o modificando una edificación en un terreno. Las obras que se estén llevando a cabo, deberán ser reflejadas en el Registro de la Propiedad.

Las certificaciones de obra son mediciones valoradas basándose en el presupuesto del proyecto. En ellas se incluyen las modificaciones que se vayan realizando en el transcurso de la obra. Su elaboración corre a cargo de la dirección facultativa de la misma y para que sea válida, deberá estar convenientemente visada por el colegio profesional correspondiente.

El visado garantiza ante los promotores, bancos, propietarios de la obra u organismos institucionales que una parte de la obra ha sido efectivamente realizada por el contratista. Para que así conste a todos los efectos, se detallan las mediciones que se han llevado a cabo desde que se iniciaron los trabajos y se sustrae del total el importe de las certificaciones anteriores. De este modo la última certificación queda con su estricto coste. Por último, en las certificaciones de obra también se hace constar el avance de las obras con sus respectivos porcentajes y demás detalles pormenorizados.

¿Cuándo es obligatorio la certificación de obra?

Si la obra corre a cargo de una empresa, es obligatorio hacer la declaración de obra nueva. En caso de que la obra sea realizada por un particular para uso personal se deberá declarar la obra nueva para proceder a la contratación de suministros. Si se quiere vender, pedir un préstamo o alquilar, también será obligatorio hacer la declaración de obra nueva.

Declaración de obra nueva

Según la fase de construcción, las obras se pueden declarar de dos formas:

·        Obra nueva terminada

·        La construcción está finalizada por completo

·        Obra nueva en construcción

Esta declaración se hace cuando el propietario necesita encontrar financiación para continuar la construcción y realiza una hipoteca sobre el inmueble que se está construyendo. La obra ha de ser declarada por el propietario como “terminada” mediante acta notarial denominada “certificación de final de obra”.

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